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La devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a personas con discapacidad y adultos mayores solo aplicará a compras realizadas en establecimientos autorizados por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Para la calificación de los establecimientos autorizados, el SRI seleccionará de entre aquellos contribuyentes que se encuentren al día en la presentación y pago de sus declaraciones del IVA, en los últimos 12 meses.
Según el Reglamento a la nueva Ley para el fortalecimiento del turismo, que entró en vigencia este 15 de julio de 2024, el SRI publicará en su página web el listado de establecimientos autorizados.
El documento aclara que, en caso de un contribuyente sujeto al RIMPE, sea autorizado por el SRI como establecimiento en el que se podrá devolver el IVA, este deberá presentar declaraciones mensuales de este impuesto, a partir del primer día del mes siguiente de su calificación.
La Ley de turismo y su Reglamento también establece alivios financieros en distintos sectores económicos, no solo el turismo.
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