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Corte Constitucional legaliza la eutanasia en Ecuador

La Corte Constitucional aprobó, este miércoles 7 de febrero de 2024, el proyecto de sentencia para la despenalización de la eutanasia, planteado por Paola Roldán, quien padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA). 

En agosto del año pasado, Roldán y su equipo de abogados pidieron que se declare la inconstitucionalidad condicionada del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se refiere al homicidio simple y se sanciona con prisión de entre 10 y 13 años.

Con esta acción, la mujer de 42 años, puso en debate la despenalización de la eutanasia en Ecuador. El objetivo es tener una muerte digna, pues padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad que degenera paulatinamente los músculos del cuerpo de las personas e impide controlar el movimiento de todas las extremidades.

«Varias veces pensé que no lograría ver los frutos de esta demanda, como quien planta un árbol para que alguien más se siente bajo su sombra», escribió Roldán en sus redes sociales el pasado 2 de febrero cuando supo que el expediente de su demanda pasó a manos del Pleno de la Corte Constitucional.

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Luego de que la Corte Constitucional aprobara la demanda de Paola Roldán, se debe seguir una serie de procedimientos para acceder a la eutanasia en Ecuador.

En la sentencia se dispone que el Defensor del Pueblo, en el plazo máximo de 6 meses contados desde la notificación de la sentencia, debe preparar un proyecto de ley que regule los procedimientos eutanásicos.

Para constancia del cumplimiento de esa disposición, el Defensor tiene que remitir a la Corte Constitucional la fe de presentación de ese proyecto a la Asamblea Nacional.

Además, se debe disponer al Ministerio de Salud Pública, que en el plazo máximo de 2 meses, expida un reglamento «que regule el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria a la luz de criterios técnicos y en observancia de lo expuesto en este fallo. Esa normativa tendrá vigencia hasta la aprobación de la ley respectiva», señaló la CC.

Finalmente, ese organismo constitucional dispuso a la Asamblea Nacional, en el plazo máximo de 12 meses contados desde la presentación del proyecto de ley, «conozca, discuta, y
expida la ley que regule los procedimientos eutanásicos».

La Asamblea Nacional a través de su representante deberá informar trimestralmente sobre el avance y cumplimiento de esta medida a partir de la recepción del proyecto de ley elaborado por la Defensoría del Pueblo.

 

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Modificado por última vez en Miércoles, 07 Febrero 2024 16:23

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