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Después del 12… por Guido Delgado

“El ser humano es buen hijo de la costumbre”. Partamos desde ahí. En torno a ello, es como la tendencia de las últimas semanas, en la mayor parte del país, creo yo, es recuperar la “normalidad” de ayer, estado que ciertamente es entrañable por la naturaleza de las cosas a la que nos habíamos acostumbrado. Es una ironía: probablemente nunca nada vuelva a ser igual, hay que esperar. No se trata de generar pánico, sino de poner las cosas en su lugar. El virus sigue y seguirá entre nosotros.

 

Abogar por el confinamiento permanente es una falacia, “el hombre no se hizo para estar guardado”, decía un buen amigo. Sus argumentos no son muy claros, pero tampoco discrepo de ese criterio. Igual de discutible es promover levantar el aislamiento, porque a pesar de las recomendaciones, muchos las subestiman. Hay que producir para sobrevivir: es natural, y es justo aquí donde la discusión se vuelve interminable, pero resulta que no hay mucho tiempo para discutir, hay que decidir, y eso involucra a todos.

 

Ahora bien, lo que ocurre es que, a partir del 13 de septiembre de este año, el estado de excepción, oficializado con el Decreto 1126, quedará sin efecto, y no será renovado, ese fue el anuncio del Gobierno días atrás. Ya no hay razones que prevalezcan para insistir en las restricciones obligadas, al menos así lo consideran desde el Ejecutivo. Lo que se ha dicho entonces es que, desde esa fecha, queda en manos de cada ciudadano velar por su integridad. Para ese fin han desplegado la publicidad: “Yo me cuido”. 

 

Desearle buen viento y buena mar a esa campaña, es lo que queda, porque si se trata de que “yo me cuido, tú te cuidas, nosotros nos cuidamos…”, tenemos una gran deuda: ni en los tiempos más agresivos de la pandemia estuvimos a la altura.

 

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Por supuesto que no es una tarea imposible, aquí es donde se pone a prueba la cultura y tenacidad de la gente. El tiempo sigue su curso, y cada vez las medidas nos comprometen más, como estas que están a la puerta. Entonces, ¿qué nos espera después del 12? Hay incertidumbre. Aquí un resumen:

 

Habrá disposiciones que prevalecerán, vengan de donde vengan. La terminación del estado de excepción, si bien deja sin efecto el toque de queda y las restricciones a la libre movilidad, al tránsito y reuniones, esto no implica poner fin a otras medidas que se aplican en el país desde marzo. El punto es que, esas reglamentaciones serán endosadas (otra vez), en mayor magnitud, a los gobiernos descentralizados, así como a otras instituciones de regulación y control. Esto ocurre en un escenario en el que el Gobierno no supo manejar eficientemente esta situación.

 

Para estos fines recurrirán a la norma: Constitución, Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), Ley Orgánica de la Salud, Ley Orgánica de Defensa Nacional, Ley Orgánica de Servicio Público, Ley Orgánica de Educación Intercultural, entre otras.

 

En el ámbito educativo, como es entendible, los padres de familia aún no están seguros de poder enviar a sus hijos a clases. Deténgase un momento en casa a pensarlo: ¿arriesgaría a sus vástagos? Bueno, por lo pronto, mientras el Ministerio de Educación intenta aplicar planes piloto de clases presenciales, estas continuarán de forma virtual, a propósito de que en el régimen Sierra-Amazonía las clases inician este 1 de septiembre.  

 

En cuanto a las actividades comerciales, sobre todo de locales y servicios que aún permanecen limitados, el futuro no está tan claro, pues también quedaría a criterio de los GADs, toda vez que, el artículo 54, literal p. del Cootad, determina que las entidades municipales pueden emitir la regulación sobre el ejercicio de actividades económicas en su circunscripción, sin perjuicio de que otra autoridad pueda formular otra regulación al respecto. Los Comités de Operaciones de Emergencia cantonales (COEs), tendrán que intervenir en estas decisiones.

 

Con respecto a las restricciones vehiculares, a pesar de que el estado de excepción –facultad exclusiva del presidente de la República- limita la libertad de tránsito, el artículo 264 numeral 6 de la Carta Magna y el artículo 55 literal f. del Cootad, concede a los municipios la regulación y control del tránsito a nivel cantonal; en tal virtud, las resoluciones en este sentido, se establecerán, si así lo determinan, de acuerdo a las consideraciones que tomen los gobiernos locales, o en su defecto la autoridad nacional competente.

 

Disposiciones similares se establecerán en otros ámbitos, para aprender a convivir con la “nueva normalidad”: transporte interprovincial, venta de bebidas alcohólicas, espectáculos públicos, uso de playas, etc. Sobre esto, la Corte Constitucional por medio de una resolución, ha sugerido a los gobiernos locales y autoridades nacionales, hacer uso de otras normas jurídicas disponibles. 

 

Vean, además, en qué momento se levanta el estado de excepción, justo en época preelectoral, cuando candidatos, simpatizantes y todas sus tiendas políticas querrán movilizarse -y no tengan duda de que lo harán- para inscribir candidaturas, lanzar sus campañas y promover mítines. Si bien hay propuestas de control en este sentido dentro del Consejo Nacional Electoral, aún no se determina con certeza cómo deberá actuar la clase política en un escenario pandémico.  

 

¿Qué pronósticos tenemos después del 12 de septiembre? El tiempo se encargará de eso, pero esa respuesta será el resultado de la responsabilidad y disciplina que hayamos practicado en los tiempos más turbulentos de esta generación.

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